Las resoluciones en que se impongan las medidas o sanciones disciplinarias de que se trata en el artículo anterior, se consignarán por escrito en el respectivo libro y se tomará nota de ellas en la cartilla que se lleva al detenido.
Decreto 1405 de 1934 →Vigente
Artículo 182
Las Resoluciones En Que Se Impongan Las Medidas O Sanciones Disciplinarias De Que Se Trata En El Artículo Anterior, Se Consignarán Por Escrito En El Respectivo Libro Y Se Tomará Nota De Ellas En La Cartilla Que Se Lleva Al Detenido
Decreto 1405 de 1934 · Sobre régimen carcelario y penitenciario
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.