Se debe utilizar el idioma español y el peso colombiano en la generación de los documentos que hacen parte del sistema de facturación, sin perjuicio que además de expresar el respectivo valor en pesos colombianos, pueda expresarse en otra moneda y en un idioma distinto al español.
El formato de generación electrónica XML será el que tenga valor legal, y debe cumplir lo indicado en este artículo. La representación gráfica debe cumplir con los requisitos establecidos para cada tipo de documento y puede ser diseñada de acuerdo con las necesidades del sujeto obligado. En relación con el idioma y moneda, se podrá optar por:
Que en la representación gráfica se muestre la información en idioma y moneda diferente al español y al peso colombiano, respectivamente.
Que en la representación gráfica se muestre tanto la información en idioma español y en pesos colombianos, como la información en idioma y moneda diferente.
(Artículo 66, Resolución 165 de 2023, parágrafo adicionado por el artículo 5 de la Resolución 119 de 2024)
SECCIÓN 12.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS.