Micelio

Artículo 79

Del Procedimiento

Ley 1861 de 2017 · por la cual se reglamenta el servicio de reclutamiento, control de reservas y la movilización.

1 sentencia lo revisó
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para ser reconocido como objetor de conciencia al servicio militar obligatorio se deberá presentar solicitud ante la Comisión Interdisciplinaria de Objeción de Conciencia, en la cual se deberá manifestar por escrito o en forma verbal su decisión de objetar conciencia. En la solicitud se expondrán los motivos para declararse objetor. Esta solicitud se entenderá presentada bajo la gravedad de juramento.

La formulación de la objeción de conciencia contendrá:

1.

Datos personales del objetor. Nombres y apellidos completos del objetor o de su apoderado si es el caso, documento de iden­tificación, domicilio, teléfonos, lugar de notificación y correo electrónico sí lo tuviere.

2.

Las razones éticas, religiosas o filosóficas que resultan incom­patibles con el deber jurídico cuya exoneración se solicita.

3.

Los documentos y elementos de prueba que acrediten la since­ridad de sus convicciones, es decir, que sean claras, profundas, fijas y sinceras en que fundamenta su solicitud.

El ciudadano que manifieste su objeción de conciencia de forma verbal deberá aportar los documentos y elementos de prueba dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la formulación.

El objetor podrá presentar su solicitud ante cualquier Distrito Militar del país y será resuelta por la Comisión Interdisciplinaria de Objeción de Conciencia del Distrito Militar competente. La presentación de la declaración suspenderá el proceso de incorporación hasta que se dé respuesta por la autoridad competente.

Parágrafo

La petición formulada por el objetor de conciencia al servicio militar obligatorio puede ser coadyuvada por organizaciones defensoras de derechos humanos o instituciones de carácter religioso, filosófico u otras de similar naturaleza.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 2019
    C-370/19ConstitucionalidadEXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
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