Micelio

Artículo 1

El Personal De Clases, Marinería Y Tropa De Infantería De Marina Puede Ser Retirado Del Servicio Activo Por Voluntad Del Gobierno, Antes De Quince (15) Años, Con Derecho A Las Prestaciones Sociales De Que Trata El Artículo 67 De La Ley 92 De 1948

Decreto 669 de 1950 · Por el cual se suspenden varias disposiciones de la Ley 92 de 1948, y se dictan otras en el ramo de Guerra (Armada Nacional)

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El personal de Clases, Marinería y Tropa de Infantería de Marina puede ser retirado del servicio activo por voluntad del Gobierno, antes de quince (15) años, con derecho a las prestaciones sociales de que trata el artículo 67 de la Ley 92 de 1948. Después de este tiempo podrá ser llamado a calificar servicios, con derecho a sueldo de retiro.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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