º Las Oficinas Zonales de la Dirección de Campañas Directas del Ministerio de Salud, estarán constituidas por las plantas de personal que a continuación se establecen y cumplirán las funciones aquí mismas indicadas:' Zona Sede 1 Bogotá II Barranquilla III Valledupar IV Magangué V Montería VI Medellín VII Quibdó VIII Cali IX Buenaventura X Tumaco XI Pasto XII Florencia XIII Girardot XIV Honda XV Villavicencio XVI Bucaramanga XVII Cúcuta XVIII Yopal
Las Oficinas Zonales de las cuales trata este artículo, tendrán el carácter, de Secciones dé la Dirección y. para, la ejecución,' supervisión y evaluación de los programas que les correspondan dividirán su territorio en Distritos, los cuales a su vez se dividirán en Sectores y éstos en Áreas de Trabajo que constituyen la unidad primaria de las actividades operacionales en cada Zona para efectos de programación, ejecución y control de las. Operaciones de Campo.