Micelio

Artículo 3

El Gobierno Nacional Dispondrá La Erección De Una Estatua De Don Marco Fidel Suárez En La Capital De La República, En El Lugar Que Posteriormente Se Designe, Y El Ministerio De Educación Nacional Realizará, Por Medio Del Departamento De Cultura Popular, Una Edición De Los Sueños De Luciano Pulgar , Y De Algunos Otros Escritos Selectos Del Señor Suárez, Con Miras, A La Mayor Difusión De Su Obra

Decreto 2822 de 1953 · Por el cual se honra la memoria de don Marco Fidel Suárez, con motivo del centenario de su nacimiento

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El Gobierno Nacional dispondrá la erección de una estatua de don Marco Fidel Suárez en la capital de la República, en el lugar que posteriormente se designe, y el Ministerio de Educación Nacional realizará, por medio del Departamento de Cultura Popular, una edición de los Sueños de Luciano Pulgar , y de algunos otros escritos selectos del señor Suárez, con miras, a la mayor difusión de su obra.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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