La Dirección General de la institución, por intermedio de la Sección de Personal, confeccionará anualmente un Escalafón general de todos los Suboficiales en actividad. El Escalafón se elaborará teniendo en cuenta la antigüedad; de los Suboficiales, a partir de la fecha del Decreto del último ascenso, y cuando hubiere igualdad entre la de varios Suboficiales del mismo grado, se establece por las calificaciones obtenidas en el curso o concurso que determinó el ascenso. Este Escalafón será confeccionado en las mismas fechas, y tendrá iguales datos, a los establecidos para el de Oficiales en el artículo 5º de este Decreto.
Decreto 1360 de 1942 →Vigente
Artículo 35
La Dirección General De La Institución, Por Intermedio De La Sección De Personal, Confeccionará Anualmente Un Escalafón General De Todos Los Suboficiales En Actividad
Decreto 1360 de 1942 · Por el cual se reglamenta el Escalafón de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.