Micelio

Artículo 13

Podrán Beneficiarse Del Programa Previsto En El Decreto 1834 De 1992, En Las Condiciones Señaladas En El Mismo, Los Testigos En Las Investigaciones Que Adelante La Procuraduría General De La Nación Por Hechos Que Se Relacionen Con La Colaboración O Tolerancia Por Parte De Servidores Públicos O Exfuncionarios Con Grupos Guerrilleros, Con Organizaciones Delincuenciales O Con Personas Que Hayan Cooperado Con Tales Grupos U Organizaciones

Decreto 1873 de 1992 · por el cual se dictan medidas para la seguridad y protección de los servidores públicos de la Rama Judicial, del Ministerio Público y se expiden otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Podrán beneficiarse del programa previsto en el Decreto 1834 de 1992, en las condiciones señaladas en el mismo, los testigos en las investigaciones que adelante la Procuraduría General de la Nación por hechos que se relacionen con la colaboración o tolerancia por parte de servidores públicos o exfuncionarios con grupos guerrilleros, con organizaciones delincuenciales o con personas que hayan cooperado con tales grupos u organizaciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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