° El Poder Ejecutivo se abstiene por ahora, de usar de la autorización que le da el artículo 5.° de la ley 15 de 1884, pero cuando la situación del Tesoro permita tomar los cien mil pesos en acciones en una Compañía nacional que tenga por objeto establecer fábricas de beneficiar quinas colombianas, dictará oportunamente las medí das del caso.
Decreto 877 de 1884 →Vigente
Artículo 5
° El Poder Ejecutivo Se Abstiene Por Ahora, De Usar De La Autorización Que Le Da El Artículo 5
Decreto 877 de 1884 · Por el cual se reglamentan las leyes 15 y 56 de 1884, sobre fomento de la Agricultura nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.