Micelio

Artículo 19

Los Responsables Por Los Delitos De Hurto De Ganado Mayor O Menor Cumplirán Sus Condenas En Colonia Agrícola O Penal, Preferencialmente En La De Araracuara

Decreto 1426 de 1950 · Por el cual se modifican disposiciones de la ley 48 de 1936, del Decreto número 1740 de 1940, y se suspenden el artículo 8º del Decreto número 395 de 1936 y 1º del Decreto número 1457 de 1940, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los responsables por los delitos de hurto de ganado mayor o menor cumplirán sus condenas en colonia agrícola o penal, preferencialmente en la de Araracuara.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1426 de 1950