Podrán Autorizarse Licencias De Importación Sin Sujeción Al Sistema De Cupos Básicos, Para: A) Las Drogas Y Especialidades Farmacéuticas Que Necesite La Cruz Roja Para Su Uso Y Consumo, Previo Visto Bueno Del Ministerio De Higiene; B) Los Libros Y Materiales De Enseñanza No Destinados Al Comercio, Que Introduzcan Establecimientos Docentes Reconocidos Por El Estado
Decreto 175 de 1949 · Por el cual se aprueba la Resolución número 1 de la Junta Directiva de la Oficina de Control de Cambios, Importaciones y Exportaciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Podrán autorizarse licencias de importación sin sujeción al sistema de cupos básicos, para
a)
Las drogas y especialidades farmacéuticas que necesite la Cruz Roja para su uso y consumo, previo visto bueno del Ministerio de Higiene;
b)
Los libros y materiales de enseñanza no destinados al comercio, que introduzcan establecimientos docentes reconocidos por el Estado. Exportaciones.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.