Son cuotas obligatorias de conformidad con las normas que se establecen a continuación, las siguientes: -De admisión. -De sostenimiento. -Extraordinarias.
Los socios: Honorarios: No pagan cuotas, excepto los Oficiales Generales y de Insignia que pagan cuotas de sostenimiento de los socios juveniles a su cargo. Activos: Pagan cuotas de sostenimiento y extraordinarias. Efectivos: Pagan cuotas de sostenimiento y extraordinarias. Temporales: Pagan cuotas de admisión, de sostenimiento y extraordinarias. Nominales: Pagan cuotas de sostenimiento y extraordinarias. Asociados: Pagan cuotas de admisión, de sostenimiento y extraordinarias. Juveniles: Pagan cuotas de sostenimiento.