Micelio

Artículo 12

En Virtud De La Supervigilancia Conferida A La Superintendencia Por La Ley 68 De 1924, Esta Oficina Podrá Ejercer Respecto De Las Compañías De Seguros Las Facultades Que Le Confiere La Ley 45 De 1923 Sobre Toma De Posesión Y Liquidación De Las Compañías De Seguros, En Cuanto Dichas Disposiciones Sean Aplicables, Debiendo Tenerse Como Quebranto Grave El Capital De Una Compañía Para Los Efectos Del Ordinal 7º Del Artículo 48 De Dicha Ley, El Que Lo Reduzca A Menos De La Mitad Del Capital Pagado

Decreto 655 de 1925 · Por el cual se reglamentan el artículo 18 de la Ley 26 de 1922 y el artículo 55 de la Ley 68 de 1924

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En virtud de la supervigilancia conferida a la Superintendencia por la Ley 68 de 1924, esta oficina podrá ejercer respecto de las compañías de seguros las facultades que le confiere la Ley 45 de 1923 sobre toma de posesión y liquidación de las compañías de seguros, en cuanto dichas disposiciones sean aplicables, debiendo tenerse como quebranto grave el capital de una compañía para los efectos del ordinal 7º del artículo 48 de dicha Ley, el que lo reduzca a menos de la mitad del capital pagado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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