Las mercancías internadas con franquicia y dentro de la vigencia de la misma, podrán ser despachadas para consumo siempre que cumplan con los requisitos de una importación ordinaria, mediante la presentación de la licencia o registro de importación, los cuales podrán ser expedidos con posterioridad o a la llegada al país de la mercancía. En todo caso, el consignatario deberá ser el Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, Regional Valle.
Para efectos de las importaciones que surjan de la realización de la II Feria Internacional de Tecnología Pesquera y el Simposio de Pesca en el Siglo XXI, el Consejo Directivo de Comercio Exterior, determinará el momento para estas operaciones.