Micelio

Artículo 4

El Gobierno, Antes De Resolver La Solicitud, Podrá Disponer, Si Lo Estima Conveniente, Que Se Amplíen Los Estudios Y Planos Presentados Y Que Se Adicionen Con Los Demás Documentos Que Juzgue Oportunos

Decreto 124 de 1923 · Por el cual se reglamentan los artículos 209 y 210 del Código Político y Municipal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El Gobierno, antes de resolver la solicitud, podrá disponer, si lo estima conveniente, que se amplíen los estudios y planos presentados y que se adicionen con los demás documentos que juzgue oportunos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 124 de 1923