Funciones Especiales de los Fiscales Penales Militares y Policiales Delegados ante el Tribunal Superior Militar y Policial . Los Fiscales Penales Militares y Policiales Delegados ante el Tribunal Superior Militar y Policial tendrán su sede en Bogotá, D. C., y además de las funciones señaladas en el artículo anterior y la ley, tienen las siguientes:
Investigar y acusar si a ello hubiere lugar a los servidores de la Justicia Penal Militar y Policial con fuero legal, cuyo juzgamiento esté atribuido en primera instancia al Tribunal Superior Militar y Policial.
Cumplir las funciones que le asigne el Fiscal General Penal Militar y Policial de conformidad con sus atribuciones y representarlo en las actuaciones que le delegue.
Reemplazar al Fiscal General Penal Militar y Policial en sus ausencias temporales o absolutas, cuando sea designado.
Reemplazar al Fiscal General Penal Militar y Policial en caso de impedimento o recusación, cuando sea designado.
Formular recomendaciones al Fiscal General Penal Militar y Policial en materia de políticas de investigación y acusación.
Diseñar y recomendar acciones orientadas a mejorar la gestión de los despachos de las fiscalías penales militares y policiales delegadas.
Presentar postulaciones para proveer los cargos de empleados subalternos asignados a sus despachos, a la Dirección Ejecutiva de la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial.
Las demás que les sean asignadas por la ley.
Cuerpo Técnico de Investigación de la Justicia Penal Militar y Policial, composición, requisitos y funciones