Micelio

Artículo 23

Los Servicios De Capacitación Profesional Que Organice La Escuela Normal, Previa Autorización De La División De Educación Superior Y Normalista, En Coordinación Con Otros Organismos Nacionales Especializados, Y Las Secretarías De Educación, Serán De Dos Clases: A) Para Los Maestros En Servicio Que Carecen De Título Que Los Acredite Como Tales, Y B) Para Quienes Poseen Título De Maestro Rural O Certificado De Maestro Elemental

Decreto 1955 de 1963 · Por el cual se reorganiza la educación normalista

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los servicios de capacitación profesional que organice la Escuela Normal, previa autorización de la División de Educación Superior y Normalista, en coordinación con otros organismos nacionales especializados, y las Secretarías de Educación, serán de dos clases

a)

Para los maestros en servicio que carecen de título que los acredite como tales, y

b)

Para quienes poseen título de maestro rural o certificado de maestro elemental.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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