Micelio

Artículo 25

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Decreto 185106181 de 1851 · Concediendo privilejio a los señores Manuel Cárdenas i Florentino González para abrir un canal que ponga en comunicacion los mares Atlántico i Pacífico.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 25. La compañía, durante el tiempo del privilejio, tiene el derecho de remolcar en el rio Atrato, i derecho esclusivo de remolcar en el rio Napipí i en el canal o canales que construya, todos los buques que necesiten de este ausilio, por medio del vapor, o por cualquier otro que se invente, i los buques que reciban este servicio pagarán por él los precios que se fijen en la tarifa de que habla el artículo 24.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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