El personal de Suboficiales de las Fuerzas de Policía en servicio activo tendrá derecho a la prima denominada "Prima de Actividad", en la misma proporción que se establezca en todo tiempo para los Suboficiales de las Fuerzas Militares.
Decreto 2687 de 1955 →Vigente
Artículo 21
El Personal De Suboficiales De Las Fuerzas De Policía En Servicio Activo Tendrá Derecho A La Prima Denominada "prima De Actividad", En La Misma Proporción Que Se Establezca En Todo Tiempo Para Los Suboficiales De Las Fuerzas Militares
Decreto 2687 de 1955 · Por el cual se organiza la Carrera Profesional de los Suboficiales de las Fuerzas de Policía
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.