Micelio

Artículo 74

Los Permisionarios De Estaciones De Aficionados Están Obligados A Rendir Un Informe Preciso De Las Actividades Que Hayan Desarrollado Con Su Estación Durante El Año Anterior

Decreto 1044 de 1937 · Por el cual se reglamenta la Ley 198 de 1936

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los permisionarios de estaciones de aficionados están obligados a rendir un informe preciso de las actividades que hayan desarrollado con su estación durante el año anterior. CAPITULO XI Visita de inspección.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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