°. Los apoderados de los órganos públicos deben garantizar que los pagos de las conciliaciones judiciales, las transacciones y todas las soluciones alternativas de conflictos sean oportunos, con el fin de evitar gastos adicionales para el Tesoro Público. CAPITULO II Agasajos públicos y gastos suntuarios
Decreto 26 de 1998 →Vigente
Artículo 6
Los Apoderados De Los Órganos Públicos Deben Garantizar Que Los Pagos De Las Conciliaciones Judiciales, Las Transacciones Y Todas Las Soluciones Alternativas De Conflictos Sean Oportunos, Con El Fin De Evitar Gastos Adicionales Para El Tesoro Público
Decreto 26 de 1998 · por el cual se dictan normas de austeridad en el gasto público.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.