Micelio

Artículo 2

Cuando Se Trate De Convoyes En Que Haya Una Nave Principal Y Uno O Más Remolques, La Capacidad Sumada De Aquélla, Y Éstos Servirán Como Base Para Exigir El Cumplimiento De La Obligación De Llevar Un "primer Oficial

Decreto 1292 de 1936 · Por el cual se reglamenta la Ley 43 del año en curso

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Cuando se trate de convoyes en que haya una nave principal y uno o más remolques, la capacidad sumada de aquélla, y éstos servirán como base para exigir el cumplimiento de la obligación de llevar un "primer Oficial."

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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