El artículo 206 del Código Penal ( Ley 599 de 2000 ) quedará así:
" Artículo 206 . Acto sexual violento . El que realice en otra persona acto sexual diverso al acceso carnal mediante violencia, incurrirá en prisión de ocho (8) a dieciséis (16) años.
Acto Sexual Violento
Ley 1236 de 2008 · por medio de la cual se modifican algunos artículos del Código Penal relativos a delitos de abuso sexual.
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
El artículo 206 del Código Penal ( Ley 599 de 2000 ) quedará así:
" Artículo 206 . Acto sexual violento . El que realice en otra persona acto sexual diverso al acceso carnal mediante violencia, incurrirá en prisión de ocho (8) a dieciséis (16) años.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.