Paz y salvo. Para ser beneficiario de la condonación de la deuda total, el beneficiario del crédito educativo deberá encontrarse al día en el pago de sus cuotas, esto es, que el estado de su crédito reporte una calificación de cartera en “A”. De no ser así, al estudiante se le descontará, del valor a condonar, el valor del saldo que registre en mora al momento de haberse cumplido con los requisitos para la condonación.
(Decreto 2636 de 2012, artículo 3°).