Micelio

Artículo 13

La Administración De Todos Los Aeródromos Y Aeropuertos Oficiales Será Centralizada En Manos Del Gobierno Nacional

Decreto 1254 de 1936 · Sobre aeródromos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La administración de todos los aeródromos y aeropuertos oficiales será centralizada en manos del Gobierno Nacional. A tal fin el Gobierno puede concluir los contratos a que haya lugar con las respectivas entidades propietarias.

Parágrafo

Cualquier Departamento o Municipio podrá ceder la propiedad de sus aeródromos o aeropuertos al Gobierno Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1254 de 1936