Micelio

Artículo 4

Son Funciones Del Consejo Nacional De Instrucción Criminal: 1°

Decreto 2267 de 1969 · Por el cual se dictan normas sobre instrucción penal

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Son funciones del Consejo Nacional de Instrucción Criminal: 1°. Trazar las políticas de la investigación criminal en el país; 2°. Elaborar planes para lograr la especialización académica de los funcionarios de instrucción criminal y de su personal subalterno; 3°. Coordinar a escala nacional la actividad represiva de la criminalidad; y 4°. Nombrar y remover libremente al Director Nacional y a los Directores Seccionales de Instrucción Criminal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2267 de 1969