Micelio

Artículo 9

º La Bandera Nacional Puede Ser Usada Para Cubrir Los Féretros De Autoridades Civiles, Eclesiásticas Y Militares, Y Los De Personalidades De Reconocida Trayectoria

Decreto 1967 de 1991 · por el cual se reglamenta el uso de los símbolos patrios: La Bandera, el Escudo y el Himno Nacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º La Bandera Nacional puede ser usada para cubrir los féretros de autoridades civiles, eclesiásticas y militares, y los de personalidades de reconocida trayectoria.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1967 de 1991