°. El Ministerio de Transporte evaluará y adoptará la reglamentación necesaria para el almacenamiento de información en los dispositivos a bordo, el acceso a dichos dispositivos, la transferencia de datos e información en condiciones adecuadas de operación y seguridad, y formalizará los demás aspectos complementarios que le permitan promover activamente la interoperabilidad necesaria entre proyectos REV. Igualmente el Ministerio de Transporte especificará las pruebas mínimas y/o el procedimiento de certificación requeridos para demostrar el cumplimiento de los estándares de tecnología, permitiendo tanto la integración, verificación y puesta en servicio de proyectos REV como la atención de principios básicos de compatibilidad e interoperabilidad.
Artículo 3
El Ministerio De Transporte Evaluará Y Adoptará La Reglamentación Necesaria Para El Almacenamiento De Información En Los Dispositivos A Bordo, El Acceso A Dichos Dispositivos, La Transferencia De Datos E Información En Condiciones Adecuadas De Operación Y Seguridad, Y Formalizará Los Demás Aspectos Complementarios Que Le Permitan Promover Activamente La Interoperabilidad Necesaria Entre Proyectos Rev
Decreto 2846 de 2013 · por medio del cual se adoptan estándares de tecnología para sistemas de recaudo electrónico vehicular y se dictan otras disposiciones.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.