°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y sustituye el artículo 15 del Decreto 1737 de 1998 con sus modificaciones y adiciones.
Decreto 1598 de 2011 →Vigente
Artículo 2
El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Sustituye El Artículo 15 Del Decreto 1737 De 1998 Con Sus Modificaciones Y Adiciones
Decreto 1598 de 2011 · Por el cual se modifica el artículo 15 del Decreto 1737 de 1998
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.