° El Gobierno de la República de Colombia incluirá en los proyectos de presupuesto que presente al Congreso Nacional las partidas necesarias para atender el servicio de amortización, pago de intereses, comisiones y demás gastos que demande la presente emisión, las cuales entregará oportunamente al Agente de pagos en la forma y condiciones establecidas en el respectivo contrato de agencia de pago. Los costos de emisión, edición y demás gastos de estos títulos se cubrirán con cargo al presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Deuda Pública Nacional.
Artículo 7
El Gobierno De La República De Colombia Incluirá En Los Proyectos De Presupuesto Que Presente Al Congreso Nacional Las Partidas Necesarias Para Atender El Servicio De Amortización, Pago De Intereses, Comisiones Y Demás Gastos Que Demande La Presente Emisión, Las Cuales Entregará Oportunamente Al Agente De Pagos En La Forma Y Condiciones Establecidas En El Respectivo Contrato De Agencia De Pago
Decreto 25 de 1973 · Por el cual se ordena la emisión y se fijan las características de unos Bonos de Deuda Pública Externa
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.