Requisitos para la evaluación profesional de la educación. El ICFES deberá mantener disponible para el público a través de Internet, lo siguiente:
Una relación de la capacitación profesional y de la experiencia de quienes hayan de realizar tales evaluaciones;
Los procedimientos que adoptarán para garantizar la independencia, periodicidad, comparabilidad, igualdad y reserva individual en sus evaluaciones;
La metodología que aplicarán en cada evaluación para cumplir los parámetros generales a los que se refiere el artículo 1° de esta ley, y;
Las demás informaciones que disponga el reglamento para que el público pueda formarse una opinión acerca de la confiabilidad y pertinencia de las evaluaciones que esa entidad practica.