Micelio

Artículo 7

Las Respectivas Asociaciones, Por Conducto De Sus Consejos Correspondientes, Darán Credenciales A Cada Una De Las Organizaciones Afiliadas Y A Cada Una De Sus Tropas Integrantes A Fin De Que Mediante Ellas, Puedan Demostrar Su Calidad De Afiliación Ante Las Autoridades Civiles, Militares O Docentes, Y Éstas Puedan Ejercer El Control Necesario Y Cumplir A Cabalidad Con Las Disposiciones Contenidas En El Presente Decreto

Decreto 1786 de 1954 · por el cual se protege el desarrollo del scultismo nacional y se da unidad a sus organizaciones.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Las respectivas Asociaciones, por conducto de sus Consejos correspondientes, darán credenciales a cada una de las organizaciones afiliadas y a cada una de sus tropas integrantes a fin de que mediante ellas, puedan demostrar su calidad de afiliación ante las autoridades civiles, militares o docentes, y éstas puedan ejercer el control necesario y cumplir a cabalidad con las disposiciones contenidas en el presente Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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