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Artículo 5

Las Unidades Operativas Del Nivel De Ejecución Y Supervisión De Programas Y Actividades Del Servicio, Se Denominan Divisiones, Secciones Y Grupos, En Línea Jerárquica Descendente

Decreto 706 de 1974 · Por el cual se establece la organización y funcionamiento de los Servicios Seccionales de Salud

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Las Unidades Operativas del Nivel de Ejecución y Supervisión de Programas y actividades del Servicio, se denominan Divisiones, Secciones y Grupos, en línea jerárquica descendente. Las Unidades que se creen para el estudio o decisión de asuntos especiales en este nivel se denominan Comisiones. Las unidades de los Servicios que cumplan funciones de asesoría y coordinación se denominan Oficinas o Comités cuando están compuestas por funcionarios del Servicio y se denominan Consejos cuando incluyen personas o funcionarios ajenos al mismo.

Parágrafo

En el contrato de constitución de los Servicios Seccionales se señalarán los funcionarios responsables del cumplimiento de las actividades que se les asignan en cada una de las Unidades operativas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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