º En los Certificados de Reembolso Tributario que se expidan a partir de la publicación del presente Decreto se indicará en forma clara y ostensible en el respectivo título el año a partir del cual se podrán utilizar para el pago de los mencionados tributos en desarrollo de lo dispuesto en los artículos 4º y 5º.
Decreto 1469 de 1992 →Vigente
Artículo 6
º En Los Certificados De Reembolso Tributario Que Se Expidan A Partir De La Publicación Del Presente Decreto Se Indicará En Forma Clara Y Ostensible En El Respectivo Título El Año A Partir Del Cual Se Podrán Utilizar Para El Pago De Los Mencionados Tributos En Desarrollo De Lo Dispuesto En Los Artículos 4º Y 5º
Decreto 1469 de 1992 · por el cual se modifican los niveles porcentuales del Certificado de Reembolso Tributario -CERT-.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.