Las Comisiones de Conciliación Ad hoc se reunirán dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la designación del conciliador, prorrogables por una sola vez en audiencia, con el propósito de evaluar las fórmulas de solución que aquél les presente y las que propongan las autoridades de las entidades en conflicto.
Decreto 2680 de 1993 →Vigente
Artículo 18
Las Comisiones De Conciliación Ad Hoc Se Reunirán Dentro De Los Quince (15) Días Calendario Siguientes A La Designación Del Conciliador, Prorrogables Por Una Sola Vez En Audiencia, Con El Propósito De Evaluar Las Fórmulas De Solución Que Aquél Les Presente Y Las Que Propongan Las Autoridades De Las Entidades En Conflicto
Decreto 2680 de 1993 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 60 de 1993 y se dictan otras disposiciones de carácter transitorio.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.