º Para obtener la habilitación, el interesado deberá acreditar los siguientes requisitos
Presentar solicitud dirigida al Ministerio de Obras Públicas y Transporte, suscrita por el interesado o el Representante Legal, si es persona jurídica.
Presentar el contrato tipo con base en el cual efectuará sus negociaciones.
Presentar Certificado de Existencia y Representación Legal, expedido por la Cámara de Comercio respectiva.
Presentar certificado expedido por la Cámara de Comercio correspondiente donde conste que el peticionario no se encuentra incurso dentro de las inhabilidades contempladas en el artículo 14 del Código de Comercio.
Presentar Certificado de Carencia de Informes por Tráfico de Estupefacientes, expedido por la Dirección Nacional de Estupefacientes en el que conste que el interesado y en caso de ser sociedad, los socios, el representante legal y los gerentes no presentan antecedentes ante este organismo. Dicho Certificado deberá ser presentado únicamente por el Operador de Transporte Multimodal, cuando su actividad se relacione con el transporte, tránsito, arribo, introducción al territorio nacional o almacenamiento de los bienes o productos mencionados en el artículo 4º del Decreto 2272 de 1991, por medio del cual se incorpora la legislación permanente nacional el artículo 1º del Decreto Legislativo 1146 de 1990. Si el Operador de Transporte Multimodal no se va a dedicar al transporte de una o cualesquiera de las sustancias descritas en los artículos mencionados, deberá presentar junto con su solicitud, declaración juramentada ante notario en donde así lo haga constar. Si se trata de Sociedades Anónimas, dicho Certificado se exigirá en relación con las personas que tengan capacidad para representar a la Sociedad, los miembros principales y suplentes de la Junta Directiva y de cualquier accionista que fuere dueño o propietario de más del veinte por ciento (20%) del capital social. Si transcurridos dos (2) meses, contados a partir de la fecha de presentación de la petición ante la Dirección, sin que ésta haya sido resuelta, se aplicará el silencio administrativo positivo consagrado en el Capítulo IX, artículo 41 del Código Contencioso Administrativo.
Relación de la red de oficinas, sucursales, agentes y representantes nacionales e internacionales a través de los cuales va a operar, e indicación de las empresas de transporte legalmente constituidas, con las cuales pretende prestar el servicio, adjuntando para el efecto las cartas de intención correspondientes.
Acreditar capacidad financiera, mediante la demostración en el momento de la solicitud de un patrimonio invertido en la explotación del negocio no inferior a dos mil (2000) salarios mínimos mensuales legales vigentes, presentando Balance General firmado por el Revisor Fiscal o Contador Público. Esta capacidad financiera se deberá mantener durante la vigencia de la habilitación para lo cual el Ministerio de Obras Públicas y Transporte podrá solicitar en cualquier momento el Balance General antes mencionado.
Acreditar idoneidad, trayectoria o experiencia profesional del operador mismo y del personal y los subcontratistas responsables en la contratación de los diferentes modos de transporte que van a laborar para el Operador de Transporte Multimodal en desarrollo de sus actividades, señalando además su domicilio.