Micelio

Artículo 2.3.1.3.5.5

Valor De Los Contratos Para La Promoción E Implementación De Estrategias De Desarrollo Pedagógico Con Iglesias Y Confesiones Religiosas

Decreto 1075 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Valor de los contratos para la promoción e implementación de estrategias de desarrollo pedagógico con iglesias y confesiones religiosas. El valor del contrato se determinará de acuerdo con los componentes de la canasta educativa básica, o básica y complementaria, que la iglesia o confesión religiosa contratista aporte y no podrá ser superior al valor de la tipología por población atendida asignada por la Nación. Cualquier suma que exceda lo dispuesto en el presente artículo deberá ser financiada con cargo a los recursos propios de la respectiva entidad territorial certificada, con las restricciones señaladas en la ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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