Micelio

Artículo 8

Las Oficinas De La Policía Suministrarán Semanalmente A La Estadística Los Datos Respectivos, Para Que Allí Se Vayan Coleccionando, Arreglando Y Clasificando Debidamente Por El Empleado Respectivo, A Quien Darán Además Todas Las Explicaciones Y Pormenores Que Solicitare

Decreto 77 de 1912 · por el cual se crea y organiza la Oficina de Estadística de la Policía Nacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Las Oficinas de la Policía suministrarán semanalmente a la Estadística los datos respectivos, para que allí se vayan coleccionando, arreglando y clasificando debidamente por el empleado respectivo, a quien darán además todas las explicaciones y pormenores que solicitare. De este deber son responsables los Tefes de las Oficinas subalternas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 77 de 1912