° A partir del 1° de enero de 1988, establécense las siguientes escalas de remuneración mensual para los distintos grados de los Niveles en que se clasifican los empleos de la Contraloría General de la República: ESCALA DEL NIVEL DIRECTIVO GRADO Asignación básica $ 1 205.700 2 218.800 ESCALA DEL NIVEL ASESOR GRADO Asignación básica $ 1 193.700 2 205.700 ESCALA DEL NIVEL EJECUTIVO GRADO Asignación básica $ 1 62.000 2 73.300 3 87.800 4 101.800 5 110.000 6 122.700 7 134.100 8 140.700 9 165.700 ESCALA DEL NIVEL PROFESIONAL GRADO Asignación básica $ 1 81.500 2 97.700 3 110.600 4 124.000 5 133.600 ESCALA DEL NIVEL TECNICO GRADO Asignación básica $ 1 45.600 2 54.300 3 59.900 4 71.500 5 74.700 6 81.500 ESCALA DEL NIVEL ADMINISTRATIVO GRADO Asignación básica $ 1 29.800 2 32.800 3 39.100 4 41.800 5 44.800 6 48.600 GRADO Asignación básica $ 7 53.800 8 58.800 9 62.900 10 70.200 11 74.000 12 78.500 13 85.800 14 93.400 15 103.000 ESCALA DEL NIVEL OPERATIVO GRADO Asignación básica $ 1 25.900 2 27.800 3 29.800 4 32.800 5 36.000 6 39.100 7 44.800 8 53.700 9 58.800
Decreto 119 de 1988 →Vigente
Artículo 1
A Partir Del 1° De Enero De 1988, Establécense Las Siguientes Escalas De Remuneración Mensual Para Los Distintos Grados De Los Niveles En Que Se Clasifican Los Empleos De La Contraloría General De La República: Escala Del Nivel Directivo Grado Asignación Básica $ 1 205
Decreto 119 de 1988 · por el cual se fijan las escalas de remuneración correspondientes a las distintas categorías de empleos de la Contraloría General de la República y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.