De las solicitudes para ampliaciones y modificaciones de las características técnicas básicas. Toda ampliación o modificación de las características técnicas básicas autorizadas, requiere autorización previa y expresa del Ministerio de Comunicaciones. Estas autorizaciones formarán parte integral del título habilitante y no requerirá de modificación del acto administrativo por el cual se otorgó la concesión. La Dirección de Telecomunicaciones y Servicios Postales del Ministerio de Comunicaciones o quien haga sus veces, expedirá las autorizaciones correspondientes para realizar las ampliaciones o modificaciones a las características técnicas básicas, siempre y cuando no se modifique el área de servicio autorizada y no se cause interferencias a otros servicios de telecomunicaciones, cuando se presenten las siguientes situaciones
Por modificación en la potencia radiada aparente (p.r.a.).
Por cambio de ubicación o el aumento de las estaciones bases o repetidoras de cubrimiento.
Por modificación en la ganancia, altura efectiva y patrón de radiación de la(s) antena(s).