Las apropiaciones incluidas en la Ley 44 de 1979 se clasifican en la siguiente forma: I . Servicios personales
Dietas.
Sueldos del personal de nómina.
Gastos de representación.
Prima técnica.
Jornales.
Sueldos del personal supernumerario.
Horas extras y días feriados.
Prima de vacaciones.
Bonificación por servicios prestados.
Prima de servicio.
Prima de Navidad.
Otras primas.
Subsidio de alimentación.
Subsidio familiar.
Auxilio de transporte.
Indemnización por vacaciones.
Honorarios.
Remuneración por servicios técnicos. II . Gastos generales: 1. Compra de equipo. 2. Materiales y suministros. 3. Impresos y publicaciones. 4. Mantenimiento y aseguros. 5. Servicios públicos. 6. Servicios de comunicaciones. 7. Arrendamientos. 8. Viáticos y gastos de viaje. 9. Pago de primas de pólizas de manejo. 10. Transporte de presos. 11. Sostenimiento de semovientes. 12. Gastos imprevistos. III. Transferencias. Deuda Pública Nacional. Inversión. IV. V. VI Definición de los gastos.