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Artículo 30

Las Apropiaciones Incluidas En La Ley 44 De 1979 Se Clasifican En La Siguiente Forma: I

Decreto 3187 de 1979 · Sobre liquidación del Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 1980

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las apropiaciones incluidas en la Ley 44 de 1979 se clasifican en la siguiente forma: I . Servicios personales

1.

Dietas.

2.

Sueldos del personal de nómina.

3.

Gastos de representación.

4.

Prima técnica.

5.

Jornales.

6.

Sueldos del personal supernumerario.

7.

Horas extras y días feriados.

8.

Prima de vacaciones.

9.

Bonificación por servicios prestados.

10.

Prima de servicio.

11.

Prima de Navidad.

12.

Otras primas.

13.

Subsidio de alimentación.

14.

Subsidio familiar.

15.

Auxilio de transporte.

16.

Indemnización por vacaciones.

17.

Honorarios.

18.

Remuneración por servicios técnicos. II . Gastos generales: 1. Compra de equipo. 2. Materiales y suministros. 3. Impresos y publicaciones. 4. Mantenimiento y aseguros. 5. Servicios públicos. 6. Servicios de comunicaciones. 7. Arrendamientos. 8. Viáticos y gastos de viaje. 9. Pago de primas de pólizas de manejo. 10. Transporte de presos. 11. Sostenimiento de semovientes. 12. Gastos imprevistos. III. Transferencias. Deuda Pública Nacional. Inversión. IV. V. VI Definición de los gastos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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