º. Corresponde al Ministerio de Defensa Nacional, por intermedio del Departamento A-3 (Operaciones) del Comando de la Fuerza Aérea Colombiana, conceder los permisos de sobrevuelo y de sobrevuelo y aterrizaje extranjeras del Estado sobre el territorio nacional, incluidas las aguas territoriales y el espacio aéreo o atmosférico nacional.
Decreto 494 de 1968 →Vigente
Artículo 2
Corresponde Al Ministerio De Defensa Nacional, Por Intermedio Del Departamento A-3 (Operaciones) Del Comando De La Fuerza Aérea Colombiana, Conceder Los Permisos De Sobrevuelo Y De Sobrevuelo Y Aterrizaje Extranjeras Del Estado Sobre El Territorio Nacional, Incluidas Las Aguas Territoriales Y El Espacio Aéreo O Atmosférico Nacional
Decreto 494 de 1968 · Por el cual se reglamenta el sobrevuelo y el sobrevuelo y aterrizaje de aeronaves militares, aduaneras y de policía extranjeras en el territorio nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.