º Todos los empleados y obreros de carácter permanente pertenecientes al Ministerio de Correos y Telégrafos, a la Empresa Nacional de Telecomunicaciones y a la entidad que se reorganiza por el presente Decreto, son afiliados forzosos de la Caja, y por lo tanto contribuirán con el pago de sus cuotas de afiliación y periódicas llenando además los requisitos exigidos por los estatutos de la Caja.
Artículo 2
Todos Los Empleados Y Obreros De Carácter Permanente Pertenecientes Al Ministerio De Correos Y Telégrafos, A La Empresa Nacional De Telecomunicaciones Y A La Entidad Que Se Reorganiza Por El Presente Decreto, Son Afiliados Forzosos De La Caja, Y Por Lo Tanto Contribuirán Con El Pago De Sus Cuotas De Afiliación Y Periódicas Llenando Además Los Requisitos Exigidos Por Los Estatutos De La Caja
Decreto 2272 de 1952 · Por el cual se reorganiza la Caja de Auxilios de los ramos Postal y Telegráfico, y se fijan sus funciones
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.