Micelio

Artículo 4

Las Juntas De Control De Artículos De Primera Necesidad Podrán Constituir, En Otros Municipios Del Departamento, Juntas Asesoras, Que Funcionaran Como Simples Órganos De Información Y Observación En Lo Relativo A La Producción, Movimiento, Precios, Negocios Y Demás Circunstancias Concernientes Al Mercado De Subsistencias

Decreto 887 de 1946 · por el cual se dictan algunas disposiciones sobre control y regularización de precios de artículos de primera necesidad para el consumo del pueblo.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Las Juntas de Control de artículos de primera necesidad podrán constituir, en otros municipios del departamento, Juntas asesoras, que funcionaran como simples órganos de información y observación en lo relativo a la producción, movimiento, precios, negocios y demás circunstancias concernientes al mercado de subsistencias.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 887 de 1946