Base gravable del GMF . La base gravable del Gravamen a los Movimientos Financieros estará integrada por el valor total de la transacción financiera mediante la cual se dispone de los recursos. Nota: El
adicionado al artículo 872 del Decreto 624 de 1989, por el artículo 3 de la Ley 1430 de 2010, estableció “A partir del 1 de enero de 2018 derógase las disposiciones contenidas en el Libro Sexto del Estatuto Tributario, relativo al Gravamen a los Movimientos Financieros” Nota: El
del artículo 872 de la Ley 624 de 1989, modificado por el artículo 45 de la Ley 1739 de 2014 , 'por medio de la cual se modifica el Estatuto Tributario, la Ley 1607 de 2012, se crean mecanismos de lucha contra la evasión y se dictan otras disposiciones' , del 23 de diciembre de 2014, establece: “A partir del 1. de enero de 2022 deróguense las disposiciones contenidas en el Libro Sexto del Estatuto Tributario relativo al Gravamen a los Movimientos Financieros”