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Artículo 1

Las Empresas Industriales Y Comerciales Del Estado Y Las Sociedades De Economía Mixta, Que Funcionen Con Régimen De Empresa Industrial Y Comercial Del Estado, Salvo Que Se Exprese Lo Contrario, Se Denominarán Empresas O Entidades En El Presente Decreto

Decreto 3152 de 1990 · por el cual se aprueba el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado, de las entidades privadas que administran fondos públicos del orden nacional y de las sociedades de economía mixta sujetas al régimen de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 1991.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y las sociedades de economía mixta, que funcionen con régimen de empresa industrial y comercial del Estado, salvo que se exprese lo contrario, se denominarán empresas o entidades en el presente Decreto. Dichas empresas se sujetarán al cumplimiento de las normas establecidas en el Estatuto Orgánico del Presupuesto y demás normas legales sobre la materia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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