Micelio

Artículo 4

En La Liquidación De Pasaportes Se Entenderá Por Día De Marcha La Jornada Diaria Y Normal De Un Lugar A Otro, Según El Medio De Transporte Que Se Emplee

Decreto 1624 de 1948 · Por el cual se reglamenta la expedición de pasaportes en el ramo de Guerra

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. En la liquidación de pasaportes se entenderá por día de marcha la jornada diaria y normal de un lugar a otro, según el medio de transporte que se emplee. El recorrido inferior a una jornada se considerará como un día de marcha cuando no sea inferior a 40 kilómetros, si se trata de viaje por carretera o ferrocarril, y también un día de marcha por cada 35 kilómetros o fracción mayor de 10 kilómetros cuando se trate de recorridos por caminos de herradura.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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