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Artículo 7267

Del Presupuesto Nacional Vigente, Se Distribuye Así: Capitulo 703 Programa 467 Financiamiento De Establecimientos Dependientes

Decreto 145 de 1967 · Por el cual se hace la distribución de partidas globales incluídas en el Presupuesto Nacional vigente, Ministerio de Educación Nacional, para gastos de funcionamiento de establecimientos dependientes

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. La partida apropiada para gastos de funcionamiento del Teatro Colón en el Capítulo 703, artículo 7267 del Presupuesto Nacional vigente, se distribuye así: CAPITULO 703 Programa 467 Financiamiento de establecimientos dependientes. Artículo 7267. Teatro Colón. Servicios personales

a)

Sueldos del personal de nómina $ 340.000.00

b)

Jornales 165.300.00

c)

Prima de Navidad 39.540.00 Gastos Generales

d)

Mantenimiento y asegures 100.000.00

e)

Materiales y suministros 40.000.00

f)

Compra de equipo 109.630.00

g)

Viáticos y gastos de viaje 10.000.00

h)

Servicios públicos 60.000.00

i)

Impresos y publicaciones 3.000.00 Transferencias

j)

Subvención a compañías teatrales 20.000.00 Total $ 887.560.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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