ARTICULO 4o. A partir del 1o. de enero de 1993, la remuneración del Director del Departamento Administrativo de la Aeronáutica Civil (Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil), será equivalente a la que corresponda por todo concepto al cargo de Director de Departamento Administrativo.
Decreto 40 de 1993 →Vigente
Artículo 4
O
Decreto 40 de 1993 · por el cual se fija la escala de remuneración de empleos del Sector Técnico Aeronáutico del Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.