º La prima de actividad para el personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares de que trata el artículo primero (1º) de la Ley 131 de 1961, queda fijada en un veinticinco por ciento (25%).
Decreto 252 de 1963 →Vigente
Artículo 3
La Prima De Actividad Para El Personal De Oficiales Y Suboficiales De Las Fuerzas Militares De Que Trata El Artículo Primero (1º) De La Ley 131 De 1961, Queda Fijada En Un Veinticinco Por Ciento (25%)
Decreto 252 de 1963 · Por el cual se reajustan los sueldos de los Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.